Estas dos iniciativas tienen como objetivo reactivar la actividad económica y generar empleo, reactivando la construcción y atender el déficit habitacional facilitando el acceso al crédito hipotecario.

El miércoles 21 de octubre de 2020, el Gobierno Nacional envió al Congreso un proyecto de ley para impulsar la industria de la construcción a través de una serie de incentivos fiscales y mejorar la oferta de créditos hipotecarios para la construcción o compra de primera vivienda. El proyecto ingresó a Diputados.


En cuanto al incentivo fiscal,
exime del impuesto de Bienes Personales a las inversiones destinadas a la construcción de nuevos inmuebles durante dos años. Al mismo tiempo, se les otorgaría un crédito fiscal para computar contra este impuesto igual al 1% de las inversiones realizadas en construcción.

También propone el diferimiento de los pagos por el Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre Transferencia de Inmuebles hasta al momento de percibir los ingresos por la inversión, adecuando el monto imponible a su evolución en términos reales.


Por último, por tiempo limitado, las personas que declaren voluntariamente activos en pesos o dólares y los destinen a obras nuevas pagarán un único impuesto (con alícuota creciente en el tiempo) y se les otorgará un “bloqueo fiscal” respecto a lo que pudiera corresponder por esos fondos, además de una serie de beneficios en acciones judiciales y administrativas.


El segundo proyecto conforma un Sistema de cobertura y promoción del crédito hipotecario, por el cual se crea una Sociedad Hipotecaria administradora de los nuevos créditos hipotecarios, que tendrán una cobertura de la cuota ante descalces entre salarios e inflación, y resguardará el capital prestado, brindando incentivos a los bancos e inversores.


También se promueve el acceso al crédito bancario y fomentar la complementariedad con el mercado de capitales, a través de nuevos instrumentos de inversión.

De acuerdo a los fundamentos planteados, la creación de la Sociedad Hipotecaria Argentina S.A no comprometerá recursos corrientes del Tesoro Nacional ni del Banco Central. Esta Sociedad tendrá como fin administrar el Fondo Fiduciario de Cobertura y Promoción (FFCP) para cubrir desfasajes de cuotas, así como dar garantías al financiamiento bancario a través de Valores Representativos de Deuda (VRD) en forma de Fideicomisos Financieros que operarán en el mercado de capitales, de modo de darle liquidez al instrumento.

 
El objetivo del fondo será intercambiar flujos ajustados en base al coeficiente de variación salarial (CVS), que se ajustan más a las preferencias de deudores, con otros ajustados en base a los índices de precios y construcción (CER / ICC), preferidos por bancos e inversores.

En cuanto a los nuevos créditos hipotecarios cubiertos, abarcará los préstamos en Unidades actualizadas CER y ICC para el acreedor y en base al CVS para el deudor (instrumentados por BCRA).

Estos créditos estarán disponibles para la construcción sobre terreno propio o a adquirir, la adquisición o cambio de vivienda por una a estrenar (sólo primera escritura), la refacción, ampliación o terminación y la adquisición o cambio de vivienda única de ocupación permanente.