El miércoles 21 de octubre de 2020, el Gobierno Nacional envió al
Congreso un proyecto de ley para impulsar la industria de la construcción a
través de una serie de incentivos fiscales y mejorar la oferta de créditos
hipotecarios para la construcción o compra de primera vivienda. El proyecto
ingresó a Diputados.
En cuanto al incentivo fiscal, exime del impuesto de Bienes
Personales a las inversiones destinadas a la construcción de nuevos inmuebles durante
dos años. Al mismo tiempo, se les otorgaría un crédito fiscal para computar
contra este impuesto igual al 1% de las inversiones realizadas en construcción.
También propone el diferimiento de los pagos por el Impuesto a las
Ganancias y el Impuesto sobre Transferencia de Inmuebles hasta
al momento de percibir los ingresos por la inversión, adecuando el monto
imponible a su evolución en términos reales.
Por último, por tiempo limitado, las personas que declaren voluntariamente
activos en pesos o dólares y los destinen a obras nuevas pagarán un único
impuesto (con alícuota creciente en el tiempo) y se les otorgará un “bloqueo
fiscal” respecto a lo que pudiera corresponder por esos fondos, además de una
serie de beneficios en acciones judiciales y administrativas.
El segundo proyecto conforma un Sistema de cobertura
y promoción del crédito hipotecario, por el cual se crea una Sociedad Hipotecaria
administradora de los nuevos créditos hipotecarios, que tendrán una cobertura
de la cuota ante descalces entre salarios e inflación, y resguardará el capital
prestado, brindando incentivos a los bancos e inversores.
También se promueve el acceso al
crédito bancario y fomentar la complementariedad con el mercado de capitales, a
través de nuevos instrumentos de inversión.
De acuerdo a los fundamentos planteados, la creación de la Sociedad Hipotecaria
Argentina S.A no comprometerá recursos corrientes del Tesoro Nacional ni del
Banco Central. Esta Sociedad tendrá como fin administrar el Fondo Fiduciario de
Cobertura y Promoción (FFCP) para cubrir desfasajes de cuotas, así como dar
garantías al financiamiento bancario a través de Valores Representativos de
Deuda (VRD) en forma de Fideicomisos Financieros que operarán en el mercado de
capitales, de modo de darle liquidez al instrumento.
En cuanto a los nuevos créditos hipotecarios cubiertos, abarcará los
préstamos en Unidades actualizadas CER y ICC para el acreedor y en base al CVS
para el deudor (instrumentados por BCRA).
Estos créditos estarán disponibles para la construcción sobre terreno propio o
a adquirir, la adquisición o cambio de vivienda por una a estrenar (sólo
primera escritura), la refacción, ampliación o terminación y la adquisición o
cambio de vivienda única de ocupación permanente.